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PROCEDIMIENTO |
| NOMBRAMIENTO DE PERSONAL |
| Versión 1 |
| Código GEM-TH-PR-002 |
| Proceso
Gestión del Talento Humano del Sector Educativo
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Estado Vigente |
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| 3. RESPONSABLE |
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Profesional Universitario |
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| 6. DOCUMENTACIÓN EXTERNA RELACIONADA |
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· Ley 909 de 2004, por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, la gerencia publica y se dictan otras disposiciones. · Ley 443 de 1998, por la cual se expiden normas sobre carrera administrativa y se dictan otras disposiciones. · Decreto Ley 1568 de 1998, por el cual se dicta el régimen procedimental especial de las actuaciones administrativas que deben surtirse ante y por los organismos y autoridades que conforman el Sistema Nacional de Carrera Administrativa y de la Función Pública. · Decreto Ley 1569 de 1998, por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos de las entidades territoriales que deben regularse por las disposiciones de la Ley 443 de 1998, y se dictan otras disposiciones. · Decreto 1572 de 1998, por el cual se reglamenta la Ley 443 de 1998 y el Decreto Ley 1567 de 1998. · Decreto 3752 de 2003, por el cual se reglamentan los artículos 81 parcial de la Ley 812 de 2003, 18 parcial de la Ley 715 de 2001 y la Ley 91 de 1989 en relación con el proceso de afiliación de los docentes al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio y se dictan otras disposiciones. · Decreto 2400 de 1968, por el cual se modifican las normas que regulan la administración del personal civil y se dictan otras disposiciones. · Decreto 1075 de 2015 Único Reglamentario |
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| QUÉ SE HACE |
QUIÉN LO HACE |
REGISTRO |
CÓMO LO HACE |
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Determinar el tipo de nombramiento |
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Profesional Universitario de Recursos Humanos Auxiliar Administrativo de Recursos Humanos
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Lista de Elegibles Listado personal a nombra |
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El Profesional Universitario de Recursos Humanos determina si el nombramiento a efectuar es en período de prueba, en propiedad o en provisionalidad. Se debe tener en cuenta: a. Para nombramientos en período de prueba: Estos sólo se efectúan como resultado de figurar en lista de elegibles de un concurso de méritos. Los nombramientos se efectúan de acuerdo a las necesidades del servicio en estricto orden descendente de la lista. b. Nombramiento en propiedad: Superado el período de prueba (cumplidos los requisitos de ley para ello), sigue un nombramiento en propiedad. c. Cuando no existe lista de elegibles vigente para
el área, ni posibilidad de encargo, el Profesional Universitario de Recursos Humanos proveerá la vacante mediante nombramiento provisional así: i. En el caso de los docentes, los nombramientos se harán de conformidad con los criterios exigidos por la ley a través del Sistema Maestro. ii. En el caso de los administrativos, el funcionario que se nombre debe cumplir con los requisitos para el cargo especificados en el manual de funciones. En este caso, se debe realizar la solicitud de autorización de nombramiento a la Comisión Nacional del Servicio Civil, a través del formato establecido por esa entidad para tales fines. |
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Recibir y verificar información |
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Profesional Universitario de Recursos Humanos
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Resultados de la verificación del cumplimiento de requisitos |
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El Profesional Universitario de Recursos Humanos, recibe de la CNSC las resoluciones de listas de elegibles de los procesos: Concurso Administrativo y docentes. Además se recibe el listado de elegibles de concursos de méritos externos y reporte del candidato elegido previo análisis de competencias del subproceso: Selección de personal, se verifica frente a la información de los cargos a proveer en la SEM y las Instituciones Educativas de la entidad territorial. Se realiza la verificación del cumplimiento de los requisitos de acuerdo con la normatividad vigente para docentes y para administrativos. |
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Elaborar acto administrativo de nombramiento |
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Profesional Universitario de Recursos Humanos
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Acto administrativo de nombramiento |
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Contando con la información completa y organizada, el Profesional Universitario de Recursos Humanos; genera el acto administrativo y envía la solicitud de revisión de proyecto de acto administrativo de nombramiento al subproceso: Revisar actos administrativos, el cual puede devolver el proyecto de acto administrativo para ajustes, en cuyo caso se ajusta y se envía nuevamente; en caso contrario se continúa con la siguiente actividad |
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Elaborar comunicación de nombramiento |
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Auxiliar administrativo del Área Jurídica
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Constancia de notificación de acto administrativo |
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Posterior a la firma del acto administrativo de nombramiento, el auxiliar administrativo del área jurídica de la SEM notifica el nombramiento, eligiendo uno de los siguientes métodos para notificar del nombramiento al nuevo funcionario: - Vía telefónica; utilizando para ello el formato E01.01.F02 - Comunicación escrita de nombramiento, - Publicación en cartelera y página Web (puede usarse como complemento de los dos medios anteriores, y exclusivamente puede usarse como método único de notificación en el caso de nombramientos masivos |
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| LISTA DE VERSIONES |
| VERSIÓN |
FECHA |
RAZÓN DE LA ACTUALIZACIÓN |
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ELABORÓ |
REVISÓ |
APROBÓ |
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| Nombre: |
DIANA MARCELA ORREGO GALVIS |
| Cargo: |
PROFESIONAL UNIVERSITARIO (A) |
| Fecha: |
08/Sep/2023 |
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| Nombre: |
Olga Lucia Acosta Orozco |
| Cargo: |
Profesional Universitario |
| Fecha: |
08/Sep/2023 |
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| Nombre: |
Elizabeth Pacheco Alzate |
| Cargo: |
Ninguno |
| Fecha: |
08/Sep/2023 |
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